ORDENANZA Nº2549/12
VISTO:
La presentación por el Expediente 4063-260572011 de solicitud de
factibilidad para la construcción de un Barrio Cerrado, en el km 186 de la Ruta
Nacional N°3, en el cual se solicita se retrotraiga a la situación original el
plano por el que se cedió una calle que no se encuentra abierta ni cumpliendo
ninguna función;
CONSIDERANDO:
Que
de acuerdo al Plan de Ordenamiento Urbano de la Ciudad
de Las Flore$ es factible realizar un barrio
Cerrado en esta Zona;
Que el solicitante
a adquirido todas las parcelas lindantes con la calle mencionada y se esta
realizando la unificación de las parcelas 2a, 3a, 1p, 1n, 1m y 1k de la chacra
86, sección C circunscripción 1;
Que al
cumplir con el Art 6° del decreto 27/98, el cual se refiere la cesión de
espacios verdes y libres públicos, se agregó una superficie equivalente a la
que se solicita, ampliando las zonas circundantes a los canales de desagües
pluviales, para poder realizar un mejor mantenimiento de los mismos;
Que a fS 16 la
Dirección de Ordenamiento Urbano y Arquitectura analizó y se expidió a favor de
la cesión de la calle al solicitante;
Que la construcción de un Barrio Cerrado en
esa zona, permite un crecimiento importante en materia de infraestructura,
generando una mejora sustancial a todo los barrios de su entorno;
POR
ELLO EL H. CONCEJO DELIBERANTE REUNIDO EN FORMA LEGAL, ACUERDA Y SANCIONA LA
SIGUIENTE:
ORDENANZA:
Art.1°:Transfiérese al Sr.
GUILLERMO C. HITTERS., propietario del inmueble identificado catastralmente
Circunscripción I Sección C, Chacra 86, Parcela 1e, a título gratuito la calle
cedida por plano 58-114-75 de 10m por 37.30, con una superficie de 3As. 86Cas.
42 dm2; todo ello de acuerdo a lo informado por la Directora de Ordenamiento
Urbano y Arquitectura a fs. 16 del Expte. 406323605/2011.
Art. 2º: Comuníquese al DE y
dese al Registro Oficial del HCD.
DADO EN LA SALA DE SESIONES
DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE ENERO DEL
AÑO DOS MIL DOCE.-