martes, 29 de mayo de 2012

Eximicion Abono Tasa


ORDENANZA Nº2559/12

Articulo 1º: Exímase del pago de la Tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Publica, recolección y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos durante el periodo comprendido entre el 1º de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012 a los vecinos residentes en el Distrito de Las Flores, que reúnan los siguientes requisitos:
a.    Sean propietarios de vivienda única y permanente en la cual habiten.
b.    Sean personas con discapacidad o convivan con ascendientes, Descendientes, Conyugue o Conviviente, con discapacidad.
c.    Tengan como único ingreso, para él y su grupo familiar, un monto no superior a los seis mil quinientos pesos ($ 6.500).- 

Articulo 2º: Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

En caso de que la persona con discapacidad sea la titular del inmueble:

  • Nota solicitando la exención prevista en la presente Ordenanza.
  • Fotocopia de la boleta de la tasa por limpieza y Conservación de la Vía Publica.
  • Fotocopia de Escritura del Inmueble o documentación que acredite su titularidad.
  • Certificado de domicilio.
  • Fotocopia certificado de Discapacidad vigente.
  • Declaración Jurada de que el inmueble para el que se solicita la exención es única propiedad y esta destinada a vivienda.
En los casos de que la persona con discapacidad no sea titular del inmueble que se cumpla con el punto b) del artículo 1º de la presente ordenanza.
  • Nota del titular del inmueble solicitando la exención prevista en la presente Ordenanza.
  • Fotocopia de boleta de la Tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Publica
Artículo 3º: Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOCE.-