En consecuencia con la mejora de la
calidad institucional que se persigue desde la gestión del Intendente Gelené, el
Concejo Deliberante aprobó una nueva norma legislativa mediante la cual la
Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) llevará adelante la etapa
de instrucción y conciliación (en denuncias de los consumidores) mientras que
la etapa resolutiva y aplicación de sanciones será efectuada por el Juzgado de
Faltas Municipal.
Según lo expuesto desde la OMIC, hasta
hace un tiempo no había necesidad de crear un órgano encargado de llevar
adelante la etapa resolutiva y de aplicación de sanciones, pues “se arribaba
satisfactoriamente para el reclamante más del 90% de los conflictos planteados,
pero debido al crecimiento de los reclamos, hoy se hace imprescindible crear la
etapa resolutiva llevándola adelante el Juzgado de Faltas”.
Haciendo un poco de historia legislativa
a partir de la sanción de la Ley provincial 13.133, los municipios fueron
investidos de facultades para la aplicación de las leyes de defensa al
consumidor, defensa de la competencia y lealtad comercial.
A consecuencia de ese proceso la OMIC
local, procedía no sólo a informar y tomar denuncia a los consumidores
afectados sino que, además, debía realizar todo el procedimiento hasta llegar a
una conciliación entre las partes o aplicar las sanciones correspondientes a
los denunciados.
A partir de la aprobación de la presente
ordenanza por el Concejo Deliberante (aún falta la reglamentación por parte del
Ejecutivo) el trámite quedará segmentado en las dos dependencias municipales:
la OMIC y el Juzgado de Faltas.
En cuanto a los fondos provenientes de
las sanciones que serán aplicadas, el 80% quedará en poder de los municipios
que serán destinados a solventar los gastos que demande el cumplimiento de la
norma, mientras que el restante 20% será girado a la Provincia.