jueves, 27 de junio de 2013

Se podrá acceder a Beneficio Impositivo en el Impuesto al Automotor

Por una nueva ordenanza se convalida el decreto 987/13 del Ejecutivo por el cual aquellos contribuyentes que no registren deudas en el impuesto del automotor podrán acceder a un beneficio impositivo del 15% sobre el monto del impuesto, en tanto y en cuanto abonen en término, según las fechas establecidas en la ordenanza 1839/03.
La ordenanza refiere al impuesto del automotor en los términos previstos en el capítulo III de la Ley 13.010, que alcanza a los vehículos correspondientes a los modelos año 1990 a 2001 inclusive.